Exportacion

Régimen de Exportación Definitiva

Procedimientos para el proceso de venta de productos definitivas al exterior.


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Exportación Definitiva

Es el RÉGIMEN ADUANERO aplicable a mercaderías de libre circulación que salen del territorio aduanero para su uso o consumo definitivo en el exterior.

Está sujeta a un trato ágil y preferencial por parte de las Intendencias de Aduana.

El Régimen de Exportación Definitiva se dividen en:

Exportaciones por trámite regular:

Cuando el monto de lo exportado supera los US$ 2,000, por lo que se requiere contratar los servicios de una Agencia de Aduana.

Exportaciones por trámites simplificado:

Cuando el monto de lo exportado no exceda de US$ 2,000 y lo pueden realizar directamente los exportadores.

Exportaciones por Courier:

Se realizan a través de un servicio de mensajería, por lo que no se puede solicitar ningún beneficio.


Exportación sin valor comercial

Comprende el equipaje, muestras, menaje de casa, rancho de naves y donaciones, así como los obsequios, mensajería internacional y otras mercancías cuyo valor FOB no exceda de US$ 2,000.

Dichas mercancías se encuentran dentro del procedimiento de Régimen Simplificado de Exportación.


Impuestos

La exportación de mercaderías no está sujeta a tributo alguno. Sólo para fines estadísticos, ADUANAS aplica una tasas ficta de 0%


Potestad Aduanera

Toda mercancía a ser embarcada en cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre debe ser presentada y puesta a disposición de ADUANAS.

Queda sometida a su potestad hasta que se autorice la salida del medio de transporte.


Documentos que exige ADUANAS

  • Declaración Única de Aduanas (DUA) de Exportación.
  • Factura comercial.
  • Documento de transporte (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado. )
  • Certificado de origen y póliza de seguro.
  • Certificado Fito o Zoosanitario.
  • Lista de empaque o “Packing List”.
  • Autorizaciones especiales, si corresponde.
  • Otros documentos que la naturaleza del régimen requiera, conforme a las disposiciones especificas de la materia.

     .Declaración Única de ADUANAS (DUA):

Documento aduanero que tiene carácter de Declaración Jurada.
Es preparada por el agente de aduana contratado por el exportador y se utiliza para solicitar ante las Aduanas el despacho de exportación de mercancías nacionales y nacionalizadas.

     .Documento de Transporte:

Consigna información sobre el flete pagado o por pagar, el mismo que dependiendo del país importador formará parte de la base imponible sobre  la cual se pagarán los tributos de importación.

     .Certificado de Origen:

Documento que acredita el origen de las mercancías, lo gestiona el exportador en su país y lo envía al importador para poder acceder a las exoneraciones o reducciones arancelarias establecidas en los convenios comerciales.

     .Póliza de Seguro:

Si el Incoterm elegido implica la obligación del vendedor de contratar un seguro de transporte a favor del comprador, entonces se deberá adquirir.

      .Certificado Fito o Zoosanitario:

Su finalidad es asegurar que los productos de exportación de origen vegetal y animal se encuentren exentos de cualquier enfermedad o plaga y que estén aptos para el consumo humano.
Este documento es emitido por las autoridades Sanitarias en el país del exportador (SENASA).

     .Lista de Empaque o Contenido:

Documento emitido por el exportador, contiene los datos relativos al producto para facilitar su ubicación y manipuleo.
 

Vínculos con otros Regímenes

No olvidar “vincular” la DUA de exportación a los regímenes de:

  • Admisión e Importación Temporal
  • Restitución de derechos arancelarios (Drawback).
  • Reposición de Mercancías en Franquicia.


Reconocimiento de las mercaderías en el local del exportador

A solicitud del interesado, ADUANAS autoriza este reconocimiento para:

  • Productos perecederos.
  • Explosivos.
  • Maquinarias de gran peso y volumen.
  • Otras mercancías que califiquen a criterio del Intendente de la Aduana.


Prórroga para el Embarque

No existe plazo de prórroga para el embarque de las mercancías, por lo tanto el despachador de aduana con antelación suficiente debe solicitar previamente, de corresponder, se deje sin efecto la DUA conforme a lo señalado en la sección VII, numerales 31 y 32 del presente procedimiento, para proceder a numerar otra declaración.



Etapas del Procedimiento de Exportación


1. Numeración de la DUA

El despachador de aduana transmite electrónicamente la información de los datos provisionales contenidas en la DUA a la Intendencia de Aduana en cuya jurisdicción se encuentra la mercancía.

La Aduana llevará a cabo los siguientes pasos:

  • SIGAD: Convalida información, genera el número de DUA y deja expedita la mercancía para ser ingresada a la Zona Primaria.

Numeración de la DUA – Datos Provisionales

numeracion DUA
 


2. Ingreso de Mercancías a Zona Primaria

El despachador de aduana ingresa la mercancía que va a ser embarcada en cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre, como requisito previo a la selección del canal de control de la DUA.

Quedan exceptuadas del ingreso a terminales las mercaderías de gran peso y volumen, a granel, embarques por tuberías, animales vivos y productos hidrobiológicos dentro de las 200 millas.

3. Ingreso al terminal de almacenamiento y selección del canal de control

Se ingresa la información sobre la recepción vía electrónica, el SIGAD la valida y asigna el canal de control (rojo o naranja).

4. Reconocimiento físico

Se verifica la naturaleza, valor, peso o medida de la mercancía. Asimismo, se verifica que haya sido correctamente clasificada.

Transmisión del Terminal de Almacenamiento de la Recepción de la mercancía

transmision de terminal


5. Control de Embarque

Los terminales de almacenamiento son responsables del traslado y entrega de la mercadería al transportista.

El transportista verifica el embarque de la mercancía y anota en la casilla 14 de la DUA, la cantidad de bultos, peso bruto total, fecha y hora en que terminó el embarque, culminando su actuación con su sello y firma. La mercancía deberá ser despachada dentro del plazo máximo de diez (10) días útiles contados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la DUA.
    
El terminal de almacenamiento permitirá el embarque de las mercancías en situación de levante autorizado. Esta condición la obtienen DUAs con canal naranja y DUAs con canal rojo debidamente diligenciadas.

6. Regularización

La regularización del régimen se realiza con la transmisión por vía electrónica de la información complementaria de la declaración y la presentación de los documentos que la sustentan a satisfacción de la autoridad aduanera, dentro del plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de término del embarque.

Procedimiento de Exportación Definitiva

diagrama de exportacion
 


CASOS ESPECIALES

I. Exportación a través de Terceros (Comisionistas)

  • La exportación se efectúa con una sola DUA.
  • Transmite información Anexo 1 Relación  consolidada de productores.
  • Presentación documentos: RCP, Copia de las facturas emitidas por cada uno de los productores, factura comisionista.

II. Exportación SWAP de ORO

Operación de canje de oro local por oro extranjero equivalente, mediante la cual un banco del Sistema Financiero Nacional recibe oro en custodia para transferirlo posteriormente (mediante una operación SWAP) a un fabricante nacional de joyerías, el cual realiza una transformación del producto para su posterior exportación.

III. Exportaciones hacia CETICOS o ZOFRATACNA

exportacion a Cetico

 

IV. Exportación bajo Contratos de Colaboración  Empresarial

En las sociedades irregulares; comunidad de bienes; joint ventures, consorcios y demás contratos de colaboración empresarial que no llevan contabilidad en forma independiente, la exportación la realiza el operador, el mismo que se constituye en el exportador y efectúa los despachos de exportación con una sola DUA.

IV. Exportación bajo Contratos de Colaboración Empresarial

La exportación se efectúa con una sola DUA.
Transmite información Anexo 3 Relación  Consolidada del Porcentajes de Participación.
Presentación documentos: RCPP, Copia de contrato de colaboración empresarial.

Fuente: [ComexPerú]
 



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