Seguridad Parte 2-61: Requisitos particulares para aparatos de calefacción por acumulación para habitaciones 1ª Edición (EQV IEC 60335-2-61) .
Este capítulo de la Parte 1 es reemplazado por lo siguiente.Esta Norma norma trata de la seguridad de los aparatos de calefacción por acumulación para habitaciones para usos domésticos y similares, que están destinados a calentar la habitación en la que están ubicados, siendo su tensión nominal no mayor de 250 V para aparatos monofásicos y 480 V para los otros aparatos.Los aparatos no destinados a un uso doméstico normal, pero que no obstante pueden constituir una fuente de peligro para el público, tales como los aparatos destinados a ser utilizados por usuarios no calificados, en tiendas, industria ligera y en granjas, están comprendidos en el objeto y campo de aplicación de esta norma.
DePeru.com | Norma Técnica
Código | NTP-IEC 60335-2-61:2017 |
Fecha de Publicación | 09/06/2017 |
Reemplaza a | |
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas | 97.100.10 - Aparatos de calefacción eléctrica |
Descriptores | Seguridad eléctrica, electrodoméstico, aparato de calefacción |
Año | 2017 |
Número de pagina | 28 |
Aprobado por | R.D. N° 020-2017-INACAL/DN. (2017-06-09) |
Equivalencias | |
Sección Económica | C - Industrias manufactureras |
División Económica | 27 - Fabricación de equipo eléctrico |
Clase Económica | 2750 - FABRICACIÓN DE APARATOS DE USO DOMÉSTICO |
Comité | Seguridad Eléctrica |
Sub comité | Seguridad en Electrodomésticos |
TÃtulo en inglés: Household and similar electrical appliances. Safety. Part 2-61: Particular requirements for thermal storage room heaters
Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-61: Requisitos particulares para aparatos de calefacción por acumulación para habitaciones. 1ª Edición. (EQV. IEC 60335-2-61).
Este capítulo de la Parte 1 es reemplazado por lo siguiente.Esta Norma norma trata de la seguridad de los aparatos de calefacción por acumulación para habitaciones para usos domésticos y similares, que están destinados a calentar la habitación en la que están ubicados, siendo su tensión nominal no mayor de 250 V para aparatos monofásicos y 480 V para los otros aparatos.Los aparatos no destinados a un uso doméstico normal, pero que no obstante pueden constituir una fuente de peligro para el público, tales como los aparatos destinados a ser utilizados por usuarios no calificados, en tiendas, industria ligera y en granjas, están comprendidos en el objeto y campo de aplicación de esta norma.