Ley Nº 9989

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 09989

LEY N9 9989

Mandando erigir en el Palacio de Justicia de Lima un monumento qite perpetúe la memoria del eminente jurisconsulto Dr. Manuel Lorenzo de Vidaurre.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Eríjase en el Palacio de Justicia de la Capital de la Repúblv ca, un monumento que perpetúe el recuerdo del eminente jurisconsulto doctor Manuel Lorenzo de Vidaurre.

El Poder Ejecutivo dictará las medidas convenientes para el mejor cumplimiento de esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

E. Diez CansecOj Presidente del Senado.

Carlos Sayán Alvares, Diputado Prc

bidente.

R ó muí o Jordán C., Senador Secretario.

J, Teves Lazo, Diputado Secretario.

Ai señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

MANUEL PRADO

Manuel C. Gallagher.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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