Tipo de Norma: Ley
Número: 996
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00996LEY N.° 996
Votando partidas en el presupuesto general para los imprevistos de los ramos de
Gobierno y Policía, tres amanuenses en la junta electoral nacional
y para las juntas escrutadoras
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso lia dudo la lev siguiente:
El Congreso de In República Peruana.
Ha dado la le}' siguiente:
Artículo único.—Consígnase en el pre-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.