Ley Nº 993

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Tipo de Norma: Ley

Número: 993


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 00993

LEY N.° 993

Fomento de la inmigración

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev

siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Auméntase en quince

mil libras, anuales, la suma que se consigna en el presupuesto general de la República, destinada al fomento de la inmigración.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiun días del mes de diciembre de mil novecientos ocho.— Agustín G- Ganoza, Presidente dei Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —José Manuel García, Senador Secretario.— Lizardo Franco, Diputado Prosecretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintitrés días del mes de enero de mil novecientos nueve.— A. B. Leguía,—F. Alavza Paz Soldán.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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