Tipo de Norma: Ley
Número: 9853
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09853LEY N° 9853
Indultando a cuatro reos naturales del
Departamento de San Martín.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
1)17 OI TAMA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Indúltese a cuatro-reos nacidos en el Departamento de San Martín, que hayan sido sentenciados por cualquier delito común a la pena de Penitenciaría, siempre que hubiesen observado buena conducta en la prisión y cum plid o la mitad de la condena.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.