Ley Nº 9853

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9853


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 09853

LEY N° 9853

Indultando a cuatro reos naturales del

Departamento de San Martín.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

1)17 OI TAMA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Indúltese a cuatro-reos nacidos en el Departamento de San Martín, que hayan sido sentenciados por cualquier delito común a la pena de Penitenciaría, siempre que hubiesen observado buena conducta en la prisión y cum plid o la mitad de la condena.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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