Tipo de Norma: Ley
Número: 9800
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09800LEY N° 9800
Creando el distrito de Síbayo en la
provincia de Cailloma.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
£1 Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1^—Créase el distrito de Si-bayo, en la jurisdicción de Tuti Sibayo,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.