Tipo de Norma: Ley
Número: 978
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00978LEY N.° 973
Secretaría privada de S. E. el Presidente de la República
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso ha dado la ley
siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dad o la ley siguiente:
. Art. l.° La Secretaría privada de S.E. el Presidente de la República, será serví-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.