Ley Nº 9447

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Número: 9447


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 09447

LEY N‘ 9447

Adjudican do a la Corte Superior del Cuzco el local de la antigua Cárcel Pública, para la construcción del Palacio de Justicia en dicha ciudad.

ferido nuevo local guardará armonía con el que predomina en la ciudad.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto :

El Congreso ha dado la ley siguiente:

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno .

Antonio de La Torre, 2* Viee-Presiden-te del Senado.

ase a la Corte Su

EL CONGRESO I)E LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la lev siguiente:

Artículo 1-

Gerardo Balbuena} Diputado Presidente. C, A. Barreda, Senador Secretario.

M. 1. Cevállos Gálvez, Diputado Secretario .

perior del Cuzco el local de la antigua

Cárcel Pública, situada en la Avenida de

/

El Sol (antes Muttu-Chaca) de la ciudad del Cuzco, con el área total de dos mil seiscientos veinticuatro metros cuadrados y nueve décimos (2,624.90 mu), bajo los linderos que constan del plano respectivo y con todos los materiales de construcción que contiene.

Artículo 2'—Destínase la adjudicación indicada en el artículo anterior a la construcción de un Palacio de Justicia, que será el local propio de la Corte Superior del Cuzco. El estilo arquitectónico del re

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado eu la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta v uno.

fe

MANUEL PRADO.

Lino Cornejo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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