Tipo de Norma: Ley
Número: 9429
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09429LEY N9 9429
7. A. Brandariz, Presidente del Senado Gerardo Bal-buena, Diputado Presidente.
Crédito suplementario para habilitar la partida N9 444 del Pliego de Justicia del Presupuesto General de 1941.
G. .4. Barreda, Senador Serreta rio.
47. Leo
o García, Diputado Serreta-
rio.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
A] señor Presidente Constitucional d: ¿la República.
Por cuanto:
EJ. Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un crédito suplementario a la partida N9 444, para Imprevistos del Pliego o9 del Presupuesto General de la República vigente, por la su ma de veinticinco mil soles oro (S/o. 25,000.00), que será cubierto co i los mayores ingresos que se obtengan tu el presente ejercicio presupuestal.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la. Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de noviembre le mil novecientos cuarenta v uno.
*r
MANUEL PRADO.
David Das so.
uno.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.