Ley Nº 9425

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9425


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 09425

LEY N° 9425

Aumentando el número de Vocales y Fiscales de la Corte Superior de Justicia de Puno y Madre de Dios, que se compondrá de dos Salas.

EL PRESIDENTE DE í A

REPUBLICA

(Jerardo Balbucirá, Diputado Presidente

(y. A. Barreda, Senador Secretario

M. I. Cevallos fl'Uvez. Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de ¿a República.

Por cuanto:

Lino

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente

Artículo V—La Corte Superior de Justicia de los Departamentos de Puno y Madre de Dios, estará compuesta de dos Salas. Artículo 29 — Auniérítanse, para, este

' -A

efecto, a siete el numero de ‘Cocales y a dos el numero de Fiscales de dicha Corte,

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa ue Gobierno, en Lima, a Jos siete días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y nao.

MANUEL PRADO.

'orne jo

Poder Ejecutivo, para

Comuniqúese ai

su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Con greso, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.

Presidente del Senado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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