Tipo de Norma: Ley
Número: 9388
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09388Elevando a la categoría de ciudad la villa de Orcotuna, en la provincia de Jauja.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por élliUtto:
EL rONOKEso DE LA REPUBLICA
PERLAXA
Ho dado la lev aiguieute;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.