Ley Nº 9298

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9298


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 09298

LEY N* 929S

Declarando centro de la zona arqueológica y turística de la provincia de Hua-ri, el Castillo de Chavín de Huantar

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la léy siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Articuló único.—Declárase centro de la zona arqueológica y turística de la provincia de Huari, el Castillo de Chavín de Huantar.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes

%

de enero de mil novecientos cuarenta y uno.

E. Montagrte, Presidente deí Senado.

Carlos Sayón Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. Silva y Elguera, Senador Secretario.

Manuel B. Llosa, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de Ja República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y uno.

MANUEL PRADO.

C, Moreyra y P. S-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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