Ley Nº 925

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Tipo de Norma: Ley

Número: 925


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 00925

LEY N.° 925

Oficina telegráfica en San Gerónimo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso ele la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l.°—Créase en la ciudad de San Gerónimo, capital del distrito de su nombre, en la provincia de Huanca3ro,

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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