Ley Nº 922

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 922

Tipo de Norma: Ley

Número: 922


Visualización de la norma: Ley 922



Descargar Ley 922 en PDF -

documento PDF

 00922

LEY N.° 922

Servicio cablegráfico del Ministerio de Relaciones

Exteriores

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único,—Auméntase en mil libras, la partida, 3022, del presupuesto general de la República, destinada al servicio cablegráfico del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos ocho. —Agustín G. Gaxoza, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Diputado Presidente—D. Matto, Secretario del Senado. —Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á loS diez días del mes de diciembre de mil novecientos ocho.—A. B. Le-guía.—M. F. Porras.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos