Ley Nº 9204

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9204


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 09204

LEY N* 9204

zando transferencias para habilitas partidas Nos. 213, 244 y 247 Pliego de Hacienda de! Presunto General vigente.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta.

E. Montag<ne, Presidente del Senado.

Garlos Sayón Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Poder

Ejecutivo para que efectúe las siguientes

trasferencias de partidas del Pliego de

Hacienda del Presupuesto General vigente.

Raúl A. Pinto, Senador Secretario.

Fernando Luis Castro Agusti, Dipu-tado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto :

16,000.00

5,000.00

De la partida número 530, la suma de Veintisiete mil setecientos cincuenta soles oro (S/o. 27,750.00 ), a las siguientes que

han tenido mayor aplicación.

A la número 213.—Movilidad y licencia de funcionarios ......S/o. 6,750.00

A la número 244.—Impresiones diversas. . .

A la número 247.—Utiles de escritorio........

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

David Dasso.

S/o. 27,750.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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