Ley Nº 9168

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 09168

LEY N* 9168

Disponiendo que se efectúen estudios y se formulen presupuestos para la construcción de un local para Morgue en la ciudad de Cajamarca, y que se consigne en el Presupuesto General una partida para el indicado objeto.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

E. Montag<ne, Presidente del Senado.

Carlos Sayán Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados.

Raid A. Pinto, Senador Secretario.

Fernando Luis Castro Agusti, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

El Congreso ha dado la ley siguiente:

Por tanto

Mando se publique y cumpla.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1\—El Poder Ejecutivo, mandará estudiar y presupuestar la construcción de un local para Morgue en la ciudad de Cajamarca; el cual deberá ser dotado de los elementos e instrumental necesario a su funcionamiento.

Artículo 29.—Autorízase al Poder Ejecutivo para que de acuerdo con los estudios y presupuestos referidos, consigne la partida respectiva en el próximo Presupuesto General de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

G. Garrido Lecca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para

su promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los once días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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