Ley Nº 9109

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 09109

!, ET N' 1 109

4,000.00

280,000.00

285.898.00

Abriendo un crédito suplementario p«n habilitar las pa idas Nos. 216, 205, 204, 238, 241, 248, 290, 251, 264, 449, 490 y 901 -del Pliego de Hacienda del Presupuesto General de lWf en liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo par abrir un crédito suplementario. por la suma de quinientos ochenti-oeho mil novecientos cuarentiocho soles oro S/ü. 588.948.00) con el fin de atender a la habilitación de las partidas que a continuación se indican, del Pliego de Hacienda del Presupuesto General de la República para 1939, en liquidación, en la proporción siguiente:

Partida N" 226.—Devolución de montepíos S/o. 100.00 Partida N9 205.—^Movili-

dad de funcionarios „ 1,000.00

Van s7o. 1,10000

Partida N 449.—Jubilados y cesantes del

Ramo........

Partida N" 450 —Montepío de los 9 Ministerios .........

Partida N9 501.—Para el servicio de intereses v amortización del Empréstito del Guano . .

Total: S/o. 588.948.00

El crédito a que se refiere la presente ley será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en la liquidación del ejercicio Presupuesta! de 1939

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para sli promulgación.

Dada en la Sala de Sesiones del Con-creso, en Lima, a los catorce días del mes de mayu de mil* novecientos cuarenta.

E. Movtagnc, Presidente de] Senado.

Carlos Sayón Alvarc. Presidente de la ^ amara de Diputados.

Vienen S/o. 1,100.00' Partida N* 204.~Fune-rales de empleados . ,, 15,000.00

Partida N9 238.—-Impresiones diversas...... 2,115.00

Partida N* 241.—Utiles

de escritorio..... 125.00

Partida N* 249.—Reparación y conservación de máquinas . . . . 25.00

Partida N9 250.—Compra de útiles de limpie** ......30.00

Partida N9 251.—Servicio cabíegráfico . . „ 587.00

Partida N* 264.—Utiles de escritorio, teléfono y otros de la Comisión Portuaria . ... 68.00

Raúl A. Pinto, Senador Secretario.

Manuel B. Llosa, Diputado Secretario.

A] señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil

•i

novecientos cuarenta.

MANUEL PRADO.

David Dutso

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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