Tipo de Norma: Ley
Número: 907
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00907LEY N.° 907
Agua potable en Chachapoyas
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
fia dado la ley siguiente:
Artículo l.°—Consígnese en el presupuesto general de la República, por dos años consecutivos á partir del próximo, la cantidad de doscientos cincuenta libras en cada uno de ellos, para la prolongación y ensanche de la cañería de agua potable de la ciudad de Chachapoyas.
Artículo 2.°—El Supremo Gobierno dictará las medidas que estime conveniente para la mejor ejecución de esta obra.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplí-miento.
Daiia en la sala de sesiones del Congreso en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos siete.
— M C. Barrios, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— I). Multo, Secretario del Senado.—Mario Sosa, Diputado Secretario
Al Exorno. Sr. Presidente de la República.
Lima, 25 de noviembre de 1907.
Devuélvase al Congreso con las observaciones acordadas.—Rúbrica de S. E.
— VidaMn.
Lima, 25 de octubre ele 1908. Excmo Señor:
El Congreso, en vista de las observaciones formuladas por el Poder Ejecuti
vo, ha reconsiderado la ley que mandó consignar en el presupuesto general de la República, por dos años consecutivos, la cantidad de doscientas cincuenta libras. en cada uno de ellos, para la prolongación v ensanche de la cañería de agua potable de la ciudad de Chachapoyas; y habiendo insistido en ella, la devuelve á VE. para su promulgación y cumplimiento.
Dios guarde á V. E.—Agustín G. Gamo-z\, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—/osé Manuel García, Senador Secretario.—Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República.
Lima, 7 de diciembre de 1908.
Cúmplase, regístrese y publíquese.— Rúbrica de S. E.— Alayza Paz Soldán.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.