Tipo de Norma: Ley
Número: 885
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00885LEY N/’ 385
Hospital en Chuquibamba
Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:
El Congreso cíe la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Art. 1." Votase en el presupuesto general de la República, por una sola vez, la suma de un mil libras para la construcción de un hospital en la ciudad de Chuquibamba.
Art. 2.l' Al sostenimiento de dicho
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.