Ley Nº 8774

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Número: 8774


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 08774

LEY N9 8774

Autorizando al Ministerio de Hacienda para abrir un crédito extraordinario por S/o. 200,000.00 para ampliar el crédito abierto por Ley N9 8654 con

el fin de atender a los gastos que demanda la realización de la VIII Conferencia Internacional Americana

OSCAR R. BENA VIDES, GENERAL

DE DIVISION

Presidente Constitucional de la República. Por cuanto:

El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la ley N9 8463;

Considerando:

Que la suma asignada por la ley N9 8654, (1) para la realización de la VIII Conferencia Internacional Americana, ha resultado insuficiente;

De acuerdo con lo informado por 3a Contraloría General de la República y la Dirección de Presupuesto; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio cho días del mes de noviembre de mil no vecientos treinta y ocho.

0. R. BENAVIDES.

E. Montagne, Presidente del Consejo de

Ministros y Ministro de Educación Pública.

• '

Carlos Concha, Ministro de Relaciones Exteriores.

A. Rodríguez, Ministro de Gobierno y Policía.

Diómedes Arias Schreiher, Ministro de Justicia y Culto y encargado del Ministerio de Hacienda.

F. Hurtado, Ministro de Guerra.

Héctor Boza, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Roque A. Baldías, Ministro de Marina y Aviación.

9

G. Almenara, Ministro de Salud Pública* Trabajo y Previsión Social.

Por tanto:

EL PODER EJECUTIVO

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda para abrir un, crédito extraordinario por la suma de doscientos mil soles oro (S/. 200,000.00), mas, con el fin de ampliar el crédito extraordinario abierto por ley N9 8654, (1) destinado a atender a los gastos que demanda la realización de la VIII Conferencia Internacional Americana.

El crédito a que se refiere la presente ley será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Mando se publique y cumpla.

Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio cho días del mes de noviembre de mil no vecientos treinta y ocho.

O. R. BENA VIDES.

Diómedes Arias Schreiher.

(1).—Ley 8654—-Autorizando al Ministerio de Hacienda, pa/ra abrir un crédito extraordi-aario por la suma de S|. 100,000.00 con el fin de atender a los gastos que demande la realización de la VIII Conferencia Internacional Americana que debe realizarse en la ciudad de Lama—-Anuario de la Legislación Peruana.—Tomo XXX, Pág. 62.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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