Tipo de Norma: Ley
Número: 8719
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08719LEY N- 8119
Autorizando a la Municipalidad de Li-ma para contratar un empréstito has* ta ,por la «urna de Sj. 75,000.00 que
$e dedicará exclusivamente a la con* fervación y restauración de los monumentos históricos y artísticos de la Capital y sus distritos.—El Supremo Gobierno contribuirá con una suma igual para el mismo fin.—Designando la comisión de control de las referidas obras.
OSCAR R. BENA VIDES. GENERAL
DE DIVISION
Presidente Constitucional de la República. Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha concedido facultades legislativas al Poder Ejecutivo.
en virtud de la lev N 8463;Considerando:
Que es deber del Estado atender a la conservación de los monumentos artísticos é históricos de la Capital de la República por ser fieles exponentes de nuestra cultura v tradición;
«u *
Que la Municipalidad de Lima ha designado una Comisión encargada de cumplir los altos fines indicados;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.