Ley Nº 871

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Tipo de Norma: Ley

Número: 871


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 00871

LEY N. 871

Desecación

de la laguna de Huauco

AGUSTIN G. GANOZA,

PRESIDENTE DEL CONGRESO

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de Ja República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Votase en el presupuesto general de la República en dos años consecutivos, á partir del próximo, la suma de setecientas cincuenta libras

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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