Ley Nº 855

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Tipo de Norma: Ley

Número: 855


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 00855

LEY N.° 855

Camino de Huánuco al Cerro de Pasco

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente;

El Congreso de la República Peruana lia dado la ley siguiente:

Artículo único. — Votase por dos años consecutivos, á partir del próximo, en el Presupuesto General de la República, la cantidad de un mil libras, en cada uno de ellos, para la terminación del camino de Huánuco al Cerro de Pasco.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cum-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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