Tipo de Norma: Ley
Número: 855
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00855LEY N.° 855
Camino de Huánuco al Cerro de Pasco
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente;
El Congreso de la República Peruana lia dado la ley siguiente:
Artículo único. — Votase por dos años consecutivos, á partir del próximo, en el Presupuesto General de la República, la cantidad de un mil libras, en cada uno de ellos, para la terminación del camino de Huánuco al Cerro de Pasco.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cum-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.