Ley Nº 8460

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Número: 8460


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 08460

LEY N9 8460

Consignando partida en el Presupuesto General de la República para la construcción de un puente en el río Majes, en la provincia de Castilla,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9-—Consígnese en el Presupuesto General de la República, para los años 1937 y 1938, una partida por la suma de ciento cineuenat mil soles oro anuales, destinada a la construcción de un puente sobre el rio Majes, en la provincia de Castilla.

Artículo 29.—El Poder Ejecutivo queda encargado del mejor cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dos días del mes, de junio de mil novecientos treinta y seis.

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.

Gonzalo Salazar, Secretario del Congreso.

R. Monleagudo, Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes d'e noviembre do mil novecientos treinta y seis.

O. R. BENAVIDES.

Federico Recavarren.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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