Ley Nº 8356

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 08356

Res. Leg. N 8Í35G

Cediendo el dominio del local del Museo de la Breña a la Sociedad Fundadores de la Independencia y Vencedores del Dos de Mayo de 1666.

Lima, 22 de junio de 1036.

Señor:

El Congreso Constituyente de 1031, ha

resuelto declarar que la cesión que por la ley 79G0, se hizo a favor de la Sociedad Fundadores de la Independencia y Vencedores del Dos de Mayo de 18GG, del local del Museo de la Breña que actualmente ocupa, comprende el dominio de dicho inmueble.

Lo comunicamos a usted, pura su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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