Ley Nº 8348

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 08348

Tí es. Leo. Np 83-18

Reconociendo los servicios prestados a la Nación por el doctor don Manuel Jesús Ur-bina.

Liraa, 1G de junio de 103b

Señor:

R1 Congreso Constituyente de 1031, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y en ejercicio de la atribución que* le confiere el artículo 120" de la Constitución del listado, lia resuelto reconocer al doctor Manuel .Jesús TJrbina. los treinta v un



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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