Tipo de Norma: Ley
Número: 833
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00833Bes. L3g. N. 833
Exoneración de derechos á la calamina para la plaza de FerreñafeLima, 25 de octubre de 1908.
Excmo. señor:
El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos fiscales 9,200 kilogramos de calamina que el Concejo Distrital de Ferreñafe debe importar para los techos de la plaza de abastos que se construye en esa localidad.
Lo comunicamos á V, E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado-A. F. León. 2o Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados —José Manuel García, Senador Secretario.— Angel Ugarte, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidentedela República Lima, 17 de noviembre de 1908.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese — Rúbrica de S. E.—Romero.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.