Ley Nº 8290

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 08290

Ites. Leo.* N9 8200

Ascendiendo a la cíate de Capitán de Navio de la Armada al Capitán de Fragata don Víetor V. Valdivieso.

Lima, 2 de junio de 193G.

Señor:

El Congreso Constituyente de .1031, en vista de la propuesta del Poder Ejecutivo, y en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso trece del artículo 123° de la Cous-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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