Ley Nº 8289

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 08289

tos. Leo. N9 8289

Ascendiendo a la clase de Capitán de Navio de la Armada al Capitán de Fragata doa Federico Díaz Dulanto.

Lima, 2 de junio de 1936.

Señor:

El Congreso Constituyente de 1931, en vista de la propuesta del Poder Ejecutivo, y en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso trece del artículo 12ÍP de la Con*



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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