Tipo de Norma: Ley
Número: 8232
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08232LEY N9 8232
Consignandc partida en el Presupuesto General de la República para la construcción del edificio para la Escuela Noctur-
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na de la Sociedad de Artesanos del Cusco.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. Por cuanto:
El Congreso Contituyente, ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE Ha dado la ley siguiente:
Artículo único%— Consígnese en el Presupuesto General de la República Una partida pór la suma de treinta mil soles oro, con destino a la construcción del edificio para la Escuela Nocturna de la Sociedad de Artesanos de la ciudad del Cusco, en el local situado en el callejón de Loreto.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos treinta y seis.
Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso,
Gonzalo Salazai, Secretario del Congreso.
G. Cúceres Gautlel, Secretario del Congreso,.
Al señor Presidente Constitucional de la .República,.
Por tanto:
Hundo se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trciiitiún días del mes de marzo de mil novecientos treinta y seis.
O. 11. PENA VI DES.'
E. Moalague.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.