Tipo de Norma: Ley
Número: 8200
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08200LEY N« 8200
Comprendiendo en la escala de sueldos de 1926 a lo* oficiales superiores y subalternos del Ejército, cuyas pensiones de retiro se hallen reguladas con la escala de 1912.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha dado la siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.