Tipo de Norma: Ley
Número: 8197
documento PDF
08197LEY N9 8197
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraordinario para atender a los gastos de la Comisión Mixta Permanente, creada por el artículo XXI del Tratado de Comercio con Chile.
Por cuanto:
Constituyente lia dado la
fe
El Congreso ley siguiente:
El emlito votado con tal fin será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio prcsupucstal en curio, en los derechos de importación.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación,.
Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos treinta y seis.
Ha dado la lev siguiente:
y / b/
80,000.00
:l 2,000.00
lArlículü único.—Autorízase al Poder Eje-
* %
cutivo para abrir un crédito extraordinario por la suma de cuarenta y dos mil soles oro ($. 42,000.00), con el fin de atender a Jos siguientes gastos del llamo de luda dones Ex-tenores durante el presente año.
Para cubrir los gastos que demanda la instalación y funcionamiento de la Cu misión Mixta Permanente cicada por el artículo ^ del tratado de Comercio
Chile —_____—
Para abonar el sueldo y gastos de representación del Consejero Comercial de la Embajada del Perú en Chile que debe integrar el Comité de Santiago con forme el mencionado Tratado Comercial__-— ~~ -
Cío mente J. Re villa, Presidente del Congreso.
Gonzalo Salazav,Secretario del Congreso.
R. Montea (judo, Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de E República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos treinta y seis.
O. II. BENAVIDES.
M. Ugartcchi,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.