Tipo de Norma: Ley
Número: 8051
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08051LEY N* 8051
Autorizando al Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraordinario a favor de la Federación Peruana de Atletismo, para que atienda a los gastos que demlanda la concurrencia dPel Perú al IX Campeonato Sudamericano de Atletismo, en Santiago de
Chile.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente:
EL CONCRESO CONSTITUYENTE:
lia dado la lev siguiente:
KJ ^
Artículo único. — Autorízase al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito extraordinario por la suma de veinte mil soles oro (S/, 20,000.00), a, favor de la Federación Peruana de Atletismo, con el fin de que atienda a los gastos que demanda la concurrencia del Perú al IX Campeonato Su i-americano dq Atletismo, que sé'realizará en el próximo mes de abril, en la ciudad de Santiago de Chile ; crédito que será cubierto con los mayores ingresos que puedan obtenerse en el ejercicio presupuesta! de U)d5.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en lama, a los once
días del mes de marzo de mil novecientos
treinta v cinco.
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Clemente J. Revilla> Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
Gonzalo ■ Solazar, Secretario de Congreso.
O
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tndo:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, los veintitrés días del mes de marzo de mil
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novecientos treinta v cinco.
M. Ugarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.