Ley Nº 8031

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 08031

LEY N9 8031

Consignártelo partida en el Presupuesto General para 1935, con destino a la adquisición de aparatos de ‘‘Rayos X” y sus anexos para el Hospital de Belén de Ca-jamarca.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cnanto:

El Congreso Constituyente lia dado la ley

O v

6Í gn i en te:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE:

Ha dado la ley siguiente:

.Artículo único.—Consígnese en. el Presupuesto General de la República para el año 1935, una partida de veinte mil soles oro (S/. 20,000.00), que se destinará a la adquisición de un aparato de “Rayos X” y sus anexos para el Hospital de Belén en la ciudad de Cajamarea.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos treinta y cinco.

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.

M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Solazar, Secretario, del 'Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo de mil novecientos treinta y cinco.

O. R. BENAYIDES.

árenos Loayza,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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