Tipo de Norma: Ley
Número: 7902
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07902LEY NA 7902
Cortando el juicio seguidlo ante los Tribunales de Justicia por el intento de asesinato del Presidente de la República.
EL PRESIDE,MEE I>E LA REPUBLICA
Por raíanlo
El Congreso Constituyente lia dado la
ley siga indo ;
EL CONO RESO CONSTITUYENTE
lia dado la ley siguiente:
Artículo único.— Córtese el juicio instaurado, que se sigue actualmente ante los Tribunales de Justicia, por el intento de asesinato del señor Presidente de la República
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para bu promulgación.
Casa do! Congreso, en Lima, a los veintisiete .días del mes de agosto de mil novecientos treinta y cuatro.
Clemente J. Bcvüla, Presidente del Congreso.
M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.
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Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto do
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mil novecientos treinta y cuatro.
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O. K. BENA VIDES.
Alb. Rey de Castro.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.