Ley Nº 7886

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 07886

LEY N9 7886

Ratificando el Decreto-Ley N 7343, sobre venta de terrenos a la Caja de Ahorros del Correo.

CLEMENTE J. RE VILLA

Presidente del Congreso Constituyente de 1931.

En uso de la facultad que le confiere el artículo 129 de la Constitución del Estado y por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

TTa dado la ley siguiente:

Artículo único.—Ratifícase el decreto-ley 7343, expedido por la Junta Nacional de Gobierno, con fecha 3 de octubre de 1931, sobre venta de terrenos a. la Caja de Ahorros. del Correo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para

su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos treinta y tres.

Clemente J• Revilla, Presidente del Congreso.

Gonzalo Salazar, Secretario del Congreso.

Andrés A. Freyre, Secretario del Congreso.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento', para su cumplimiento.

*

Diado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos treinta y cuatro.

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso-

Jí¡. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Salazar, Secretario del Congreso-

Ai señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 9 de mayo de 1934.

Cúmplase, regístrese y comuniqúese.

Héctor Boza.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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