Ley Nº 7790

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 07790

LEY N° 7790

Autorización al Poder Ejecutivo para modificar el contrato tiene celebrado

con la Compañía Marconi, «obre la administración de loa aervicioa de comunicación de la República y para que pueda desistir de la acción judicial iniciada contra la Compañía en virtud de la ley N<> 7576 (1)

EL PRESTl)EN'T15 DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la lev que sigue:

EL CON CRESO CONSTiT l' Y ENlDE

Km dado Ih lev si.omeide:

Articulo l‘\—Autorízase ul Poder Ejecutivo para que proceda a modificar id contra lo que tiene celebrado con la Compañía Mareoni. sobre la administración de tos servicios de comunicación de la República, une se le ha confiado, en manto convenga a los intereses nacionales v al buen servicio púídi eo.

Artículo “i".—Autorízase <il Poder Eje' cativo para que, una vez firmada la escritura en que conste la modificación del con-trato con la Compañía Marconi, puede desistir de la acción judicial iniciada contra la Compañía en virtud de la lev Nv LT(>.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación

Casa del Congreso, en Lima, a dieciseis dias del mes de agosto de mil no*

vocientos treinta v Iros.

Cltmr.nl a 7. Revdhi, Presidente del Congreso,

(¡núzalo Solazar. Secretario del Colé ul eso*

I iulri's: J. Fretn-s, Secretario del Congreso.

Al señor Presídeme Constitucional de la

República.

Por tanto: mando se publique v cumpla.

Dado en la Casa de (hibierno en Lima, o primero de .setiembre de mil novecientos treinta v tres.

n. R. HE NA VIDES.

■Torfff- Prado.

(1) La ley mencionada se inserta én este mismo tomo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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