Tipo de Norma: Ley
Número: 7767
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07767LE-Y i\r. 7767
Construcción de un campo de aterrizaje en la ciudad de Moquegua.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley que sigue:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE
Tía dado la ley siguiente:
Artículo 1-.—Constríiyase un campo de
aterrizaje en la ciudad de Moquegua. Artículo 2°.—Utilícense para dicha
construcción los terrenos del “Alto de la Villa’’, de propiedad del Estado, cuyas ventas las usufructúan el Colegio Nacional y la Sociedad de Beneficencia Pública de dicha ciudad.
Artículo T.—Aumentase en setecientos soles oro anuales la subvención que el Estado concede al Colegio Nacional.
Artículo 49.—En compensación con este egreso, la renta que produzca el campo de. aterrizaje será percibida por el Estado.
Articulo 5°—Entregúese a la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua, la administración de la hacienda “La Pampa”.
Artículo 6.—Trasládase a los terrenos
del "Alto de la Tilla” el campo de experimentación de la Estación Agronómica de Moquegua.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo de mil novecientos treinta y tros.
Clemente J. lie,villa, Presidente del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.
Andrés A. Freyre. Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de la
República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo de mil novecientos treinta y tres.
O. R. BENA VIDES.
1, A, Brandaríz.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.