Ley Nº 7713

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Tipo de Norma: Ley

Número: 7713


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 07713

LEY N9 7713

Traniferencia de partidas del Pliego de Ju*» ticia del Presupuesto General para 1932,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

JP01* cuanto: el Congreso Constituyente

ha dado la ley que sigue:

CCNtilíEíSO

COIS ST1 TI! VENTE

H{i dado la lev siguiente:

Articulo único.—Transfiérase la suma

de Oeinticinco mil soles oro ($ 3."»,000.00). di la. partida N9 OSO. Capitulo 239, desti-nada para subvenciones a la Universidad Mayor de San Marcos, del Pliego de .Tus* (ida del Presupuesto Ceticnd para 1932. en liquidación, a la partida N-* 572. (V pítulo D, del mismo pliego y presupues-lo, para atender a la alimentación de internados y reclusos cn los CRtableeimien-tos penales de la República.

(omnuífpiese ai Poder Ejeculivo. para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

( asa fiel Congreso, en lama, a los. siete días del mes de mar/n de mil novecientos treinta y tres.

Clemente J. JtcvilJa, Presidente del Con-Congreso.

Cotizalo Sahtzor, .Secretario del Congreso.

del Con-

Constitucional de

índrés A, Frcyrv,

creso.

A1 señor Presidente la República.

Por lauto: mando se imprimo, publique, circule y se le dé el deludo cumplimiento*

Dado en la t asa del Uobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos treinta v tres.

LUIS AL SANCHEZ CERRO.

/. I B randa ríz-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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