Ley Nº 7712

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Número: 7712


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 07712

Destinando a la adquisición de un campo de aterrizaje en la ciudad de Chota, los haberes dejados de percibir por el Juez de primera Instancia de esa Provincia.

greso.

Andrés A. Rrej/re. Secretario del Congreso.

CLEMENTE -I. RE'VILLA

Por tanto: y no habiendo sido promulgada oportunamente )or el Poder Ejecutivo, en observancia <_ o lo dis])uesto en el artículo TOO de la Constitución, mando se. imprima, publique, circule y comunique.

Presidente del Conareso Constituyente de 1931.

Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley siguiente:

al Ministerio de Cobierno, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

( asa del Congreso, en Lima, a ios diez

días del mes de marzo de mil novecientos

treinta v tres.

*/

TE

lia dado la ley siguiente:

(7emente -/. Revilla, Presidente del Congreso.

Rónzala Rala zar, .Secretario del Congreso.

Andrés A. Rreijre, Secretario del Con

t •

Artículo único.—Destíñanse a la. adquisición de un campo de aterrizaje en la ciudad de Chota. Jas haberes dejados de percibir por el Juez de Primera Instancia de *

Ja provincia del mismo nombre y cuyo importe seré entregado al Concejo Provincial de Chota por intermedio de la oficina de la Caja de Depósitos y Consignaciones en esa ciudad.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

greso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 22 de marzo de 1933.

(himplase, regístrese, comuniqúese, pu<

y ovni]

Casa del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos treinta y tres.

» /



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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