Ley Nº 7691

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Tipo de Norma: Ley

Número: 7691


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Trasladando Ja capital de la provincia Rodríguez de Mendoza, a la ciudad de San Nicolás.

EL PRESIDENTE DE LA REPCIUJCA

Por cuanto: ol f'oneroso Constituyente

luí (Indo la ley f|iio «liíiio:

EL (’ONOHE-SO (’ONSTlTrYívNTK

lía dado la lev si^u ionio:

Articulo único.--Trasládase la cnpi-

tal do la provincia Jíodríiruoz do Mendoza, en ol departamento do Amazonas. d«* 1» ciudad de Huambo,a la ciudad de San Nicolás, la misma que tomará en adelante,

el nombre de Mendoza.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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