Tipo de Norma: Ley
Número: 7688
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07688Dando fuerza de ley a la declaración del décimo-quinto Congreso de Americanista», por la que se reconoce como capital arqueológica de Sud-Amórica a la ciu dad del Cuzco.
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Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos treinta y tres.
Por cuanto: el Congreso Constituyente, liji dado la ley que sigue:
lia dado la lev siguiente':
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Articulo 1°—Dase fuerza de ley a la declaración del decimoquinto Congreso tl«
Clemente J■ Revilla, Presidente del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.
Andrt's A. Freijre, Secretario del Congreso.
Al señor Presidente Constitucional de ia República.
Créase
jej Cusco una Facultad de Historia y Arqueología Americana y dependiente de la
misma
oficina de difusión ar
Americanistas, por la que se reconoce co-
arqueológica de ’Sud-América a
lindad del Cusco.
g Artículo Gobierno gestionará
jos otros Estados de Sud-América, la ^dficación oficial de ese acuerdo. ^Artículo 3*.—Declárase la ciudad del Cusco sede del Museo Nacional de Arqueo-
pícalo 4*
Institución una
ruano, y una fjueológica y organización del turismo.
Artículo 5*.—Autorízase al Poder Eje altivo para dictar las medidas concernien-ies para el cumplimiento cle la presente |eV, así como la reglamentación de los distintos organismos creados por ella.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,
a ios veintitrés días del mes de enero de mil novecientos treinta y tres.
LUIS M. SANCHEZ CERRO.
AI. Wenceslao Delgado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.