Ley Nº 761

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Tipo de Norma: Ley

Número: 761


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 00761

Res. Leg. N.° 761 Permiso

á la pensionista doña Carolina Linares Vda. de Barrón

Lima, 30 de setiembre de 1908.

Excmo. señor:

El Congreso en vista de la solicitud de la uensionista del Estado doña Carolina Linares viuda de Barrón, ha resuelto prorrogarle por dos años más el permiso que le tiene concedido para residir en el extranjero.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guardeá V. E.—Agustín G. Gano z\, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente -José Manuel Gar cía, Senador Secretario.—Angel Ugar-te, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente déla República.

Lima, 9 de octubre de 1908.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese. —Rúbrica S. E.—Romeix>.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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