Ley Nº 76

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Tipo de Norma: Ley

Número: 76


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 00076

LEY No. 76 Escuelas de Chancay

Lima, 25 de setiembre de 1905. Excmo. señor:

El O ongreso ha resuelto se consigne en el presupuesto departamental de Li-nUl para el año próximo, la suma de trescientas libras destinadas á la construcción de dos locales para escuelas de instrucción primaria en el distrito de Chanca y, y para la refección de la casa

consistorial de dicha localidad.

Lo comunicamos á Y. E.para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á Y. E.—M. Iriooyen, Presidente del Senado.—Antonio Miró QrKSAD.i, Diputado Presidente. — José Manuel García, Senador Secretario.— Luis Julio Menéndez, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidente de la República.

Limay 27 de setiembre de 1905.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.—Rúbrica de S. E. — Leguín.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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