Tipo de Norma: Ley
Número: 7581
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07581LKY N° '¡58 1
Autorizando las erogaciones que efectúen los Bancos Central de Reserva del Perú, Central Hipotecario del Perú y Agrícola del Perú a la colecta nacional.
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efectúen los; I laucos (cutral de Perú, (Vidral 'Hipotecario del
Perú y Auj ícola del Perú a la colecta ini-(dada por e| señor Presidente de la líepú-oara llenar allos fines de carácter nacional*
('onmnnpiese a) Poder Hjecutivo, para íjiie disponga lo necesario a su cumplí’ miento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.