Ley Nº 7470

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 07470

DECRETO-LEY N9 7470

Aprobando el “Estatuto del Cuerpo de Aviación del Perú".

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO

Por cuanto;

LA JUNTA NACIONAL DE

GOBIERNO

Considerando:

Que es necesario reglamentar el “Cuerpo de Aviación del Perú", dándole una organización que armonice con las actuales necesidades del servicio; y

En uso de las atribuciones legislativas que le confiere el Estatuto de 11 de marzo del presente año;

Ha dado el decreto-ley siguiente;

Apruébase el "Estatuto del Cuerpo de Aviación del Perú” confeccionado por la Inspección General de Aeronáutica.

TITULO I

CAPITULO I

Constitución dd Cuerpo de Aviación

del Perú.

1*—La reunión bajo un solo comando, de todas las fuerzas aéreas y los servicios correspondientes organizados y preparados para la defensa nacional, constituye el "Cuerpo de Aviación del Perú" (C.A.P.).

29—Las misiones fundamentales del C. A.P. son:

En tiempo de paz, intensificar el desarrollo de la aviación en el Perú y preparar técnica y tácticamente todos los elementos de las fuerzas aéreas que Han de emplearse en la defensa nacional, contribuyendo, además, a la explotación de las líneas aéreas del Estado.

En tiempo de guerra, asegurar la protección aérea del territorio nacional en cooperación íntima con las fuerzas terrestres v navales.

3’—El C.A.P. consta orgánicamente de:

a) —El Comando

b) —Los Centros de Instrucción

c) —Las Fuerzas Aéreas

d) —Los Servicios, y

e) —Las Reservas^

Dependen también de la C.A.P.;

i )—La Aviación Comercial y las Líneas Aéreas del Estado.

g) —La defensa antiaérea; y

h) —Los elementos de aerostación.

4*—La organización del tiempo de paz se orientará en forma de que al decretarse la movilización, el C.A.P. pueda pasar inmediatamente al pié de guerra.

CAPITULO II

Organización del Comando

5*—En tiempo de paz el Ministro de Marina y Aviación tiene el alto mando y la administración del C.A.P.; ambas funciones las ejerce por intermedio del Inspector General de Aviación.

En tiempo de guerra, el comando del C.A.P. será ejercido por el Inspector General de Aviación quien tomará el nombre de Comandante General de Aviación y asumirá automáticamente el comanda al decretarse la movilización.

6*—El comando del tiempo de paz será ejercido por intermedio de la Inspección General de Aviación, que comprende:

a) —El Gabinete del Inspector Gene* ral de Aviación (G.I.)

b) —La Dirección General de lo» Servicios de Aviación (D.G.S.A.) y

c) —El Estado Mayor de Aviación (E.M.A.)

Inspección General de Aviación (I. G. A.)

7*—La I.G.A. está encargada de asegurar el comando, la unidad de doctrina e instrucción, la disciplina, administración y funcionamiento de los distintos elementos del C.A.P.

8*—El puesto de Inspector General de Aviación será desempeñado por un oficial general q superior de Aviación, del Cuerpo de Oficiales de Guerra.

9*—El I.G.A ejerce, en principio, el comando directo del C. A. P. bajo la autoridad política y administrativa del Ministro de Marina y Aviación de quien es consultor técnico.

10*—El I.G.A. tendrá por asesores inmediatos para ©1 desempeño de sus funciones a:

a) —El Director Genera! de los Servicios.

b) —El Jefe de Estado Mayor y

c) —El Consejo Consultivo de Aviación.

Dirección General de los Servicios deAviación (D.G.S.A.)

11° -- La D.G.S.A. está encargada de dirigir, centralizar, armonizar y controlar el funcionamiento de los distintos organismos llamados a satisfacer las necesidades de la aviación, tanto en tfempo de paz como en tiempo de guerra, y que constituyen los servicios de la Aviación-

12"—La D. G.S.A. comprende:

a) —El Gabinete del Director General.

b) —Departamento del Personal.

c) —Departamento del Material.

d) —Departamento de Administración : v

-e)—Departamento de Aeronavegación,

1¿9-—Cada uno de estos departamentos tiene a cargo uno o más servicios de actividades conexas.

149—El puesto de Director General de los Servicios de Aviación, será ejercido por un oficia] superior de Aviación del Cuerpo de Oficiales de Guerra.

Estado Mayor de Aviación (E.M.A.)

159—Este órgano de comando encargado de todas las cuestiones militares referentes a la aviación, su preparación para la guerra, planes de operaciones, redacción y trasmisión de las órdenes de] comando, etc. consta de:

a) —Gabinete del Jefe de Estado Mavor; v

v *

b) —Cuatro secciones organizadas y agrupadas de acuerdo con el reglamento respectivo.

ÍÓ*—E.M.A. será depositario de todos los documentos secretos relacionados con la defensa aérea del país.

17-—El puesto de Jefe del E. M. A. será desempeñado por un oficial Superior de Aviación del Cuerpo de Oficiales de Guerra.

Consejo Consultivo de Aviación (C- C. A.)

18—El C.C.A asesorará a sus funciones al I.G.A. opinando sobre los trabajos formulados en las cuestiones relativas a

organización, tanto en tiempo de paz como de guerra; planes de operaciones, adquisiciones, etc.; así como en todos los trabajos que se relacionen con la defensa aérea del país y con la colaboración del C. A.P. y de los otros Institutos armados, en los planes de guerra y operaciones. El C.C.A. revisará lo cuadros de clasificación de los. oficial es superiores y subalternos aptos para el ascenso formulados por la Dirección del Departamento del Personal de

acuerdo con las prescripciones reglamentarias. Intervendrán, asimismo, en las cuestiones de disciplina e instrucción que se determinaran en los respectivos reglamentos.

19*—El C.C.A. estará constituido por el personal siguiente:

Inspector General de Aviación, que lo presidirá.

Director General de los Servicios.

Jefe de Estado Mayor; y

Tres oficiales de aviación designados anualmente por el Ministerio de Marina y Aviación, de los cuales uno será subalterno y ejercerá las funciones de Secretario.

20*—Las funciones del C.C.A. son de carácter permanente; sesionará una vez al mes y extraordinariamente cuando fuera convocado por el I.G.A. Puéde funcionar asimismo, en Snb-comisiones.

21*—El quorum del C.C.A. lo.constituye las dos terceras, partes de sus miembros,

22*—Como las funciones del Consejo son meramente consultivas cesan al decretarse la movilización.

CAPITULO III

Centros de Instrucción (CX)

23*—Los Centros de Instrucción son lo.s organismos encargados de formar los Oficiales, Sub-oficiales y especialistas necesarios para las actividades del C.A.P.

249—Los C.I. dependerán de la I.G.A. por intermedio del E.M.A.

25°La organización de los C.I. comprenderán principalmente':

Escuela Central de Pilotaje.

Escuela de Observaciones, Tiro, Bombardeo y D.C.A.

Escuela de Mecánicos especialistas; y Escuela de perfeccionamiento en hiel ros.

26’— Mientras el desarrollo de la instrucción lo permita las tres primeras escuelas funcionarán reunidas en una sola, bajo el título de "Escuela Central de Aviación Jorge Chávez" .

CAPITULO IV

Fuerzas Aéreas

2T*—Para asegurar la protección aérea del territorio nacional y actuar en íntima cooperación con el Ejército y la Marina, las fuerzas aéreas del C.A.P. comprenden:

A. —La Escuela Aérea—Encargada de la protección aérea del territorio nacional.

B. —La Aviación del Ejército—Encargada de actuar en cooperación con las tropas de tierra; y

C. —La Aviación de la Marina—Encargada de actuar en cooperación con la Armada y la defensa de la costa.

28’—Para asegurar la dirección técnica, el enlace y la coordinación de la I.G.A. con el Ejército, existirán dos órganos de comando y enlace:

a) —El Departamento de Aviación del Ejército en la Inspección General del Ejército; y

b) —El Departamento de Aviación de la Marina, en el Estado Mayor de la Marina.

29’—En cada una de estas agrupaciones, las fuerzas aéreas estarán constituidas por unidades tácticas de las distintas categorías que posee la aviación, principalmente :

Caza;

Información; y Bombardeo.

30’—La composición de estos agolpamientos en personal y material, figura en los respectivos cuadros de organización.

Zonas aéreas

3 T—Para los efectos del reclutamiento, organización, movilización y protección estratégica, el territorio de la República se divide en zonas aéreas correspondientes a las regiones militares del país.

32°—En cada zona aérea se organizarán una o más bases aéreas según las necesidades aéreas del país y los recursos del Presupuesto.

33-—En cada base aérea habrá una o mas unidades de las fuerzas aéreas,

Bases aéreas

34’—Las bases aéreas son organismos inamovibles encargados de albergar a la a unidades de las fuerzas aéreas y satisfacer sus necesidades en las zonaa aéreas de que forman parte.

3'59—Las unidades a que se refiere el artículo precedente deben estar en condiciones de movilizarse en cualquier instante. A partir de este momento la Base seguirá funcionando como depósito y centro de recuperación para la formación de nuevas unidades.

CAPITULO V

Servicio- de la Aviación

36’—Son los organismos encargados de satisfacer las necesidades materiales de la aviación, tanto en tiempo de paz como en campaña.

37’—Los servicios de la Aviación, son los siguientes;

Personal Sanidad Material aéreo Intendencia

Armamento y municiones Transmisiones Aeronáutica y transportes Meteorología; y Fotográfico.

38’—Los servicios que tengan entre sí más conexiones inmediatas, mientras no adouieran el volumen necesario para independizarse, durante el tiempo de paz, se agruparán bajo la dirección del Departamento correspondiente.

CAPITULO VI

Reservas de Aviación.

39° - Comprenderán:

a) -Las reservas del personal; y

b) -Las reservas del material.

40o- La reserva del personal está constituida en el modo y forma que establece el decreto supremo N° 2 de 7 de enero de 1931.

41o- La reserva del material está constituida por los aeroplanos y materiales de aviación y sus medios de transporte de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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