Ley Nº 7406

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 07406

DECRETO-LEY W 7406

Autorizando al Ministerio de Fomento, para vender a la Dirección de Administración de la Marina, varios lotes de terreno del fundo “LobatónU

LA JUNTA NACIONAL DE

GOBIERNO

Considerando:

Que es deber del Estado favorecer a sus servidores dándoles ventajas de cierto ai den quer sin perjudicar a aquél les permita la seguridad económica a que tienen derecho;

Que es conveniente favorecer la construcción de casas para los servidores del Estado pues las ventajas que elfo pueda producir al personal redunda en beneficio de las Instituciones;

Que en consecuencia, procede la deducción de los precios de venta y forma de pago de los terrenos comprendidos en las manzanas números 97 y 98, correspondientes a la urbanización del fundo “Lobatón”, a fin de que puedan ser fácilmente adquiridos por los oficiales de la Marina, a razón de un lote por cada uno de éllos;

Decreta:

Artículo V—Autorízase al Ministerio de Fomento, para vender a la Dirección de Administración de la Marina, los terrenos comprendidos en los números 97 y 98 de la urbanización del fundo “Lobaton”, con la rebaja del 50 por ciento sobre los precios arancelarios;

Articulo 2*—Relévese a la expresada Dirección de Administración de la Marina de la obligación de pagar adelantado

el 10 por ciento del valor' de los terrenos de que se trata; debiendo cancelar el importe total de las dos manzanas indicadas, en cincuenta armadas mensuales, de mil ciento veintiocho sol-es, ochentiocho centavos (S|. 1,128.88), cada una, correspondientes a la suma de cincuentiseis mil, cuatrocientos cuarenticuatro soles (S[. 56,444. CO), en que quedará estipulado el precio de venta de las mencionadas dos manzanas,

después de hecha la rebaja acordada en le artículo anterior;

Artículo 39—La Dirección de Administración de la Marina, se encargará de vender a los oficiales de Marina, fos lotes de terreno que soliciten, en cantidades no menores de trescientos metros cuadrados, ni mayores de quinientos, a razón de un Icrte por cada uno;

Artículo 49—La Dirección de Administración de la Marina, hará los descuentos correspondientes en los haberes de los oficiales que adquieran terrenos; debiendo hacerse tales descuentos aún en el caso en que el empleado tuviera otros de cualquier' naturaleza.

Dacío en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos treintiuno.

D. SAMANEZ OCAMPO.

José Gálvez.— J. F. Tamayo. — G. Garrido Lecca. — E. L. Gómez de la Torro, — Gustavo A. Jiménez. — U. Reáte-gui. — Fed. Díaz Dulanto.

Por tanto:

Mando se imprima, publique, circule y se le cié el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos treintiuno.

SAMANEZ OCAMPO.

Reátegui.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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