Tipo de Norma: Ley
Número: 7401
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07401DECRETO-LEY N* 7401
Disponiendo que el cacao, en grano o en pasta, devengue derechos de importación.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA
Nacional de coiuruno
Par amulo:
LA [UNTA NACIONAL DE COMIKRNO
Teniendo en consideración:
Que la agricultura nacional necesita de disposiciones legales que contribuyan a su desarrollo y al aprovechamiento de sus productos en los mercados internos de consumo;
Que entre las industrias más urgidas ile protección se encuentra la del cacao que acusa una calidad inmejorable y una producción bastante para cubrir las necesidades del consumo nacional;
Que no obstante esto, por su alejamiento de los centros de abastecimiento, carece de las facilidades y medios para competir ventajosamente con el similar extranjero ;
Que es deber de los Poderes Públicos nronender en la medida fie ene fornltodííc
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.