Ley Nº 733

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Tipo de Norma: Ley

Número: 733


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 00733

Res. Leg, N. 733

Exoneración de derechos á dos imágenes importadas para la iglesia de San Miguel

Lima, 31 de agosto de 1908.

Excmo. Señor:

El Congreso ha resuelto exonerar de todo derecho fiscal ó municipal dos imágenes que deben llegar próximamente v que han sido pedidas para el servicio del culto en el nuevo templo erigido en la ciudad de San Miguel, de la provincia do Hualgayoc.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines. Dios guarde á V. E.-Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Diputado Presidente.—José Manuel García, Senador Secretario.—Angel ligarte, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidentedela República.

Lima, 7 de setiembre de 1908.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu" blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E -G. SCHREIBER.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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